Documentos para viajar a Costa Rica

Documentos para viajar a Costa Rica

Conocer América Latina es toda una aventura exótica y países como Costa Rica, son una prueba de la belleza tan singular que caracteriza a dicha región. En esta nación se toman al turismo muy en serio, al punto de haberlo convertido en su principal fuente de ingresos económicos.

mapa de costa rica - documentos para viajar

El mayor atractivo costarricense es su impresionante sistema de parques nacionales y zonas protegidas, el cual abarca 25% de su territorio. La belleza de sus paisajes y la rica variedad de flora y fauna, permiten a sus visitantes restablecer la conexión con la naturaleza y tomar conciencia sobre la responsabilidad de cuidar el planeta.

Además del evidente predominio del ecoturismo, los visitantes también eligen este destino por ser ideal para un merecido descanso. Las opciones de alojamiento son muy variadas, adecuadas a los diferentes presupuestos y de excelente calidad. Por otra parte, sus playas forman parte de los lugares predilectos por los visitantes y entre las más populares figuran:

  • Playa Conchal.
  • Punta Uva.
  • Santa Teresa
  • Playa Dantita.
  • Tamarindo.
  • Sámara.
  • Playa Biesanz.

Muchas de ellas forman parte del Parque Nacional Manuel Antonio y si tuviéramos que definirlas en una palabra, esta sería paraíso, porque realmente lo son. ¿Acaso no es provocativo pasar un fin de semana frente al mar, apartados del acelerado ritmo de vida cotidiano y dejándonos maravillar por su imponente belleza ?

Si ya te hemos convencido de conocer Costa Rica, entonces no lo pienses más. Esta joya natural espera por ti. Así que no pierdas tiempo, saca tu agenda y empieza a organizar tu próximo viaje, estamos seguros de que no te arrepentirás.

Requisitos de entrada a Costa Rica

Entre los aspectos que debes tener presente a la hora de planificar tu viaje, la documentación migratoria ha de ocupar un lugar preeminente. En el caso de Costa Rica, los requisitos que las autoridades exigirán con el fin de permitir la entrada a la nación son:

  • Pasaporte en buen estado y una vigencia mínima que dependerá del país de procedencia. Las indicaciones referentes al tiempo de validez del documento de viaje, se encuentran establecidas en las Directrices Generales de Visas de ingreso y permanencia para no residentes, decretadas por la autoridad costarricense de migración. Puedes consultar más detalles sobre el mismo aquí: https://migracion.go.cr/Documentos%20compartidos/Circulares%20y%20Directrices/2021/DIRECTRICES%20GENERALES%20DE%20INGRESO%20Circular%20DG-004-2021-UI-AJFEB%202021.pdf
  • Visa de turismo, si procede con ocasión de la nacionalidad.
  • Boleto de viaje emitido por una empresa de transporte aéreo, terrestre o marítimo.
  • Documentos que demuestren la solvencia económica con un mínimo de 100 USD por mes o su fracción durante la permanencia legal en el país.
  • Reserva de hospedaje o carta de invitación suscrita por un costarricense o extranjero con residencia permanente.
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Así mismo, de conformidad con las directrices antes mencionadas, se prohibirá la entrada a quienes tengan algún impedimento para ello. Tales obstáculos están referidos a motivos de seguridad nacional.

Reglamentación sobre la emisión de visado para turistas

La información sobre los permisos para entrar a Costa Rica, está desarrollada en dos instrumentos legales. En este sentido, lo primero que debe consultarse, son las directrices señaladas en el apartado anterior, donde se establece una clasificación de terceros países según se requiera a sus nacionales una visa de ingreso o no. Dicha distribución es la siguiente:

  • Primer grupo. Nacionales de terceros países que pueden entrar sin visa por un periodo máximo de 90 días prorrogables.
  • Segundo grupo.  Ciudadanos de otras naciones exentos de visa por un periodo máximo de 90 días sin prórroga.
  • Tercer grupo. Nacionales de terceros países que requieren visa consular para entrar en Costa Rica.
  • Cuarto grupo.  Ciudadanos de otros países que tienen permitido el ingreso con una visa restringida.
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Partiendo de esa clasificación, los turistas pueden saber si deben tramitar una visa o no. Quienes estén obligados a obtener dicho permiso, tienen que reunir una serie de requisitos que se encuentran detallados en el Reglamento para el Otorgamiento de Visas, los cuales son:

  • Solicitud en formato digital o físico dirigida al cónsul correspondiente.
  • Pasaporte cuya vigencia no sea inferior a los seis meses y copia de la totalidad del mismo.
  • Reserva de boleto de regreso al lugar de origen o de continuidad a un tercer destino.
  • Comprobante de suficiencia de fondos para asegurar la subsistencia durante el tiempo de permanencia en el país.
  • Certificado de antecedentes penales vigente y, de ser el caso, traducido al español.

Estos elementos deberán ser entregados al consulado correspondiente, donde serán revisados a los fines de emitir una resolución. Si durante el proceso de evaluación, se observarán incongruencias o dudas con respecto a la solvencia económica o motivos del viaje, se agendará una entrevista personal con el objeto de aclararlas.

En caso de ser aprobada, la visa tendrá validez durante 60 días contados desde su emisión y podrá ser utilizada por una sola vez. No obstante, los interesados tienen la libertad de hacer una nueva solicitud, si así lo desean, al término de su vigencia.

Requisitos de ingreso establecidos a causa de la pandemia

El COVID- 19 ha transformado de muchas formas el modo en que vivimos. El turismo no escapa de esa realidad, de hecho, es una de las actividades más afectadas y que mayor riesgo supone. Por tanto, mientras no superamos dicha adversidad, los viajes internacionales estarán condicionados por las normas sanitarias que cada Estado estime conveniente a los fines de preservar su seguridad.

En lo que respecta a Costa Rica, el ingreso de turistas se encuentra permitido en la actualidad por cualquier vía (aérea, marítima o terrestre). Sin embargo, dada la comprobada variabilidad del virus, de su efectividad y peligrosidad, las normas sanitarias se establecen con un periodo corto de vigencia.

Por ahora, este país es uno de los más flexibles en cuanto a las restricciones establecidas por COVID- 19. De hecho, no exige a ninguna persona la presentación de una prueba de detección del virus, la vacunación parcial o completa ni el cumplimiento de un periodo de aislamiento.

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No obstante, hasta el 01 de abril de 2025 se mantiene la obligatoriedad de completar dentro de las 72 horas previas al viaje el formulario digital “Pase de Salud”, disponible en: https://salud.go.cr/. Así mismo, toda persona mayor de 18 años de edad que no esté vacunada, deberá presentar un certificado que demuestre la contratación de un seguro médico de viaje válido en Costa Rica. Las condiciones de admisión de dicho requisito son las siguientes:

  • Si la póliza es ofrecida por una empresa extranjera, debe incluir una cobertura mínima de 50.000 USD para gastos médicos y 2.000 USD por el coste del hospedaje durante el tiempo de cuarentena.
  • Quienes opten por alguna de las empresas avaladas por el gobierno costarricense, deberán contratar una cobertura mínima de 20.000 USD para costes de hospitalización y 2.000 USD destinados al pago de alojamiento en caso de requerirse el aislamiento.
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Como acabamos de mencionar, tales restricciones tienen una vigencia limitada debido a las variantes del virus que puedan surgir en el futuro. Por eso, te recomendamos visitar la página web oficial del Instituto Costarricense de Turismo, donde podrás conocer información actualizada: https://salud.go.cr/

Estrella Durán
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